La provincia de Buenos Aires podrá sancionar a los viajeros que vuelvan del exterior e incumplan la cuarentena estricta de siete días con multas de hasta $4.300.000.
La provincia extiende la posibilidad de aplicar multas a la falta de uso de barbijos, realización de fiestas clandestinas o incumplimiento a cualquiera de las restricciones dispuestas en el sistema de fases que rigen, según su situación epidemiológica, en los 135 municipios bonaerenses.
La medida se justifica a partir de las sanciones previstas en el Decreto Ley N 8841 del año 1977, que multa con quinientos sueldos mínimos a quienes “importan un peligro o perjuicio para la seguridad, salubridad o higiene del personal y/o de la población”.
Los recursos que los municipios recauden como consecuencia de la aplicación de las multas por violar las restricciones sanitarias, integrarán el “Fondo Municipal por infracciones a la normativa Covid-19”.