CNV limita a $100 millones las operaciones diarias para inversores extranjeros

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) limitó la operación de compra de dólar financiero para empresas y clientes radicados en el exterior con un cupo diario de operación por $100 millones y también deberá avisar con 5 días de anticipación antes de iniciar las operaciones.

El objetivo de la medida, publicada en Resolución General 981/2023, pretende “evitar las prácticas y operaciones elusivas detectadas en el ejercicio de sus facultades de fiscalización, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real”.

Los inversores extranjeros que no son agentes de valores -operan con CDI (Clave de Identificación) o CIE (Clave de Inversores del Exterior)- sólo podrán operar por cuenta propia y con fondos propios.

Además, a través de un intermediario local, deben informar de estas operaciones con 5 días hábiles de anticipación y podrán operar hasta $100 millones diarios. Esta información, con carácter de Declaración Jurada, debe ser remitida por los intermediarios a la CNV.

En tanto, los inversores locales que poseen CUIT y operen por cuenta propia y con fondos propios, podrán operar sin límite, pero deberán avisar con 5 días hábiles de anticipación si el monto es mayor a $200 millones diarios. Esta información, con carácter de Declaración Jurada, debe ser remitida por los intermediarios (sociedades de bolsa) a la CNV.