Banco central de Argentina restringe compra de dólares; exportadores deben liquidar divisas

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El Banco Central (BCRA) restringió, este fin de semana, la compra de dólares que podrán realizar las personas físicas hasta US$ 10.000 por mes e indicó que necesitarán autorización para comprar sumas mayores a ese monto. El banco dijo que las medidas “tienen como objetivo mantener la estabilidad cambiaria y proteger a los ahorristas”.

La medida busca frenar la crisis cambiaria que desató una fuerte devaluación del peso desde la derrota del presidente Mauricio Macri en las elecciones primarias de agosto.

Las operaciones que superen los US$ 1.000 deberán realizarse con débito a una cuenta en pesos, ya que no podrán realizarse en efectivo. Tampoco estará permitido hacer transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de US$ 10.000 por persona por mes, dijo la entidad en comunicado. Además, las personas jurídicas que no sean residentes podrán comprar hasta US$ 1.000 por mes y no podrán realizar transferencias de fondos de cuentas en dólares al exterior.

Las personas jurídicas residentes podrán comprar divisas sin restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento, pero necesitarán la autorización del BCRA para comprar divisas, precancelación de deudas, giro de utilidades y dividendos al exterior.

Ante los temores de una crisis cambiaria similar a la del 2001, en donde las personas se vieron imposibilitadas de retirar libremente sus ahorros en dólares de los bancos, la entidad aclaró que la medidas “mantiene la plena libertad para extraer dólares de las cuentas bancarias, tanto para personas físicas como jurídicas, no afecta el normal funcionamiento del comercio exterior y tampoco introduce ninguna restricción a los viajes”, buscando llevar tranquilidad.

ALCANCE PARA EXPORTADORES

A través de la misma comunicación, la A6770, el banco central dijo que los exportadores de bienes y servicios deben liquidar sus ingresos de divisas en el mercado local. Para las exportaciones que se realicen a partir de hoy, 2 de septiembre, deberán liquidarse los dólares como máximo 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities).

Mientras que para las exportaciones oficializadas antes del 2 de septiembre de 2019 que se encuentren pendientes de cobro tendrán que liquidarse los dólares como máximo dentro de los 5 días hábiles posteriores al cobro (incluyendo anticipos y prefinanciación). Para los egresos, no hay restricciones para la compra de divisas para el comercio exterior.

El viernes, ante el alza del dólar que cerró en $59,51 en el segmento mayorista y pasó los $60 en el minorista, el BCRA dispuso que los bancos deberán contar con su autorización para girar sus utilidades al exterior.

Julieta Marino / Agencia CMA Latam