La Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso una serie de medidas tendientes
a profundizar el ordenamiento de la actividad de negociación de bonos a partir
de la concertación de operaciones en los mercados regulados y del seguimiento
de operaciones realizadas en plazas del exterior. Lo hizo a través de la Resolución
General 843/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial.
La nueva normativa establece que la concertación y liquidación de
operaciones en moneda local de Valores Negociables emitido en Argentina, sólo
podrán llevarse a cabo en mercados regulados por CNV.
De otro lado, los agentes inscriptos ante la CNV, en sus operaciones para
cartera propia, deberán netear diariamente sus compras y ventas de valores
negociables en el mercado local con liquidación en cable, con aquellas compras
y ventas de valores negociables en mercados del exterior. Esto significa que la
posición neta resultante de sus actividades de intermediación -entre los
montos de compras y ventas con liquidación en cable en el mercado local y los
montos de compras y ventas en mercados del exterior- debe ser nula. Si alguna
posición diaria quedara desbalanceada, ese desfasaje se podrá compensar en
fechas posteriores debiendo llegar al final del período semanal con una
posición nula, o compradora neta.
Además, la CNV indicó que siguiendo el criterio de la Resolución General
N 841/20 se dispuso un plazo mínimo de tenencia de cinco días hábiles para
que los Valores Negociables provenientes de depositarias del exterior y
acreditados en el custodio local puedan ser aplicados a la liquidación de
operaciones en moneda extranjera.
El organismo explicó que los efectos indeseados de la pandemia por
coronavirus y su impacto sobre el contexto económico destacan “la necesidad
de adoptar decisiones extraordinarias tendientes a asegurar el normal
funcionamiento de la economía, sostener el nivel de actividad y empleo y
proteger a los consumidores”.