Convención Constitucional de Chile define nuevo "Estado Social y Democrático de Derecho"

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    En la jornada de ayer, el pleno de la Convención Constitucional de Chile, votó el reemplazo y segunda propuesta de la comisión de Principios Constitucionales, como parte del borrador de la nueva constitución y decretó la nueva definición de un “Estado Social y Democrático de Derecho”, poniendo fin al “Estado Susidiario”.
    Entre los 15 artículos repasados, se repenaron las definiciones de Estado, Emblemas Nacionales, Igualdad Sustantiva y la declaración finalmente de un Estado Laico. “Estado. Chile es un Estado social y democrático de derecho. Es plurinacional, intercultural y ecológico”, establece la modificación.
    Con este cambio en su constitución, el estado chileno deja en claro que apuntan a una modalidad de “estado de bienestar social”, con un rol activo en la economía, para facilitar el desarrollo social e individual. Asimismo, se deja atrás el concepto de “Estado Subsidiario”, que otorgaba la facultad del cumplimiento de los derechos sociales a las organizaciones privadas.
    Según especifica la misma Convención Constitucional, este pasaje representa el reconocimiento del deber del estado como “el de proteger el bienestar de las personas, la sociedad y la naturaleza, reconociendo el valor de la solidaridad, la dignidad, la libertad y la igualdad entre los seres vivos y su relación con la naturaleza.
    Anteriormente, la normativa no había logrado el quórum necesario (2/3 partes de la cámara), obteniendo un total de 101 votos de 155 integrantes totales, volviendo a segunda instancia de tratamiento; en esta oportunidad el total de sufragios favorables fue de 114, lo que significa la superación del Cescoyo y final sanción de la modificación constitucional.