Empresas argentinas no abonarán impuesto al dólar para pago de deudas

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    La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó que la aplicación del gravamen del 30% a la adquisición de dólares no se aplicará a las personas o empresas que adquieran moneda extranjera para hacer frente al pago de deudas. La medida se desprende de la Resolución General 4659/2020 publicada en el Boletín Oficial.

    La AFIP precisó que el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) -tal como fue denominado – se aplicará a la compra de billetes y divisas en moneda extranjera; al pago de bienes y servicios en el exterior; de servicios prestados por sujetos no residentes; de servicios en el exterior contratados por agentes de viajes y turismo; de servicios de transporte internacional de pasajeros; y de servicios digitales que se paguen en dólares.

    Además, la norma indica que se cobrará el gravamen a aquellas personas que no lo pagaron o lo hicieron de manera parcial desde el día de la entrada en vigencia de la norma, el pasado 28 de diciembre.