Buenos Aires – A través del Decreto 956/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial el Gobierno de Argentina oficializó la vigencia del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) en todo el país hasta el próximo 20 de diciembre, salvo en los aglomerados de Bariloche y Dina Huapi (Río Negro) y Puerto Deseado (Santa Cruz), que continuan en la fase de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO).
Durante la vigencia del DISPO, las personas deberán “mantener entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades”.
En cuanto a actividades económicas, “sólo podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria”.
No obstante, la normativa faculta a las provincias del país y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a dictar “normas reglamentarias para limitar la circulación” en el caso de que la situación epidemiológica así lo amerite.
Enrique Pizarro / Agencia CMA LatAm